Y luego, ¿qué?
En política —dicen— se sabe cómo empiezan las cosas, pero nunca cómo terminarán. Quienes se coludieron para dar el golpe de Estado para derrocar al presidente de la República, José Manuel (Mel) Zelaya Rosales, jamás imaginaron el repudio mundial que esto les depararía ni las graves consecuencias para Honduras y su pueblo.
A estas alturas, con el presidente Zelaya en el exilio, nuestro país está prácticamente aislado de la comunidad internacional, y de hecho cercado comercial y políticamente por sus vecinos del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), que le han sellado sus fronteras.
Que nosotros sepamos, esta acción diplomática mundial de rechazo a un golpe de Estado es inédita a nivel centroamericano, latinoamericano y universal. Denota un paso más en la evolución del derecho internacional, puesto que no se admite la ruptura de los principios básicos del sistema democrático, principalmente los de la separación orgánica de las funciones de los poderes en el Estado y la subordinación efectiva de la fuerza militar al poder civil, encarnado en el Ejecutivo.
En este contexto, cualquier Estado que admitiera el rompimiento de estos principios en otro Estado, legitimándolo con su reconocimiento, sentaría para sí mismo el precedente con el que, en cualquier momento en el futuro, pudiera excusarse —por no decir justificarse— la consumación de un hecho similar en su país. Esa es, en realidad, la razón fundamental del rechazo total al golpe de Estado del 28 de junio/09.
De allí la posición a este respecto de Estados Unidos y del resto de los estados americanos, de la OEA, de la Unión Europea, de la Organización de las Naciones Unidas y de las integraciones regionales latinoamericanas SICA, ALBA, Grupo de Río, y de cada país, en particular, lo mismo que de los núcleos económicos y comerciales como el G-8, el G-16 y el G-22.
La forma en que se han ido desarrollando y siguen desarrollándose los acontecimientos al interior del país permanecen en el limbo para los hondureños, pues los medios de comunicación locales ignoran su obligación informativa, por colusión los más y por coerción oficial los menos.
En este sentido, nunca se había sufrido en Honduras una violación tan profunda y masiva de la libertad de expresión, debido a la intervención gubernamental, ni en las más oscuras épocas de franca dictadura, y que ahora encierra a la sociedad hondureña en una auténtica burbuja, lo cual constituye un caso incuestionable del protagonismo del “latifundio mediático”, en su condición de actor consustancial del golpe de Estado.
Este capítulo de destrucción de los derechos constitucionales a informar y a ser informados, que viola asimismo la Carta Democrática Interamericana y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, no sólo afecta al periodismo hondureño sino al periodismo internacional, y, por lo tanto, a toda la población mundial que tiene derecho a saber cuánto ocurre en nuestro país.
Ante la consumación de tanto atropello y la contundente condena mundial, el pueblo hondureño debería preguntarse: Y luego, ¿qué?
Fte.: Tiempo (Editorial)
Estado de sitio
Ha sido decretado el estado de sitio, por “perturbación grave de la paz”, con lo cual el régimen reconoce que Honduras vive una situación de anormalidad, sin duda causada por el rompimiento del orden constitucional con el golpe de Estado del 28 de junio/09.
Las normas constitucionales establecen, en estas condiciones, que la suspensión del ejercicio de los derechos individuales debe señalarse específicamente, estar justificada la decisión, indicar el ámbito territorial afectado y el tiempo que durará la restricción.
El decreto ejecutivo N° 011-2009 puesto en vigencia por el régimen suspende los siguientes derechos individuales: la libertad personal; la detención e incomunicación solamente por un máximo de 24 horas y la detención judicial para inquirir sin exceder los seis días; la libertad de asociación y de reunión; y el derecho de circular libremente, salir, entrar y permanecer en el territorio nacional.
Este peculiar estado de sitio comprende todo el país, aunque aparentemente solamente rige en la noche, desde las 21:00 horas, hasta las 6:00 horas de la mañana. Tal disposición, con sus características, no puede ser modificada mientras dure la restricción, según la ley. Temor a la oscuridad.
En nuestro país casi siempre se ha decretado el estado de sitio cuando se consuman golpes de Estado, vale decir por razones políticas. Por calamidades naturales, en la época reciente solamente se usó esta “dictadura legal”, como algunos la llaman, a causa de la catástrofe del huracán Mitch.
Los gobiernos, por lo general, hacen todo lo posible para evitar la aplicación de los estados de excepción, puesto que significa la existencia en el país de un desorden público que la autoridad constituida —o impuesta— no se siente en capacidad de controlar con medidas legales comunes, y, por lo mismo, tiene que recurrir a la negación de las garantías constitucionales.
Esto es, por lo que se puede apreciar, lo que está sucediendo debido a las manifestaciones de rechazo popular al rompimiento del orden constitucional, que son objeto de dura represión y cuyo escalamiento parece incontenible, aun cuando esto no trascienda al conocimiento público en su verdadera dimensión por manipulaciones en el sistema de comunicación social del país.
Es conveniente señalar que en el decreto de estado de sitio la libertad de expresión no ha sido consignada, sin duda porque se considera innecesario hacerlo. La libertad de expresión está siendo violada en diversas formas, utilizando métodos de boicot, de persecución y de amedrentamiento, lo cual es objeto de fuertes denuncias ante los organismos internacionales de defensa de los derechos humanos, no así en lo que corresponde al comisionado nacional de derechos humanos, por razones conocidas por todos y que no vale la pena explicar.
Fte.: Tiempo (Editorial)
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